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Soy Abogada, Docente Universitaria.

Núcleo de Desarrollo Endógeno

Núcleo de Desarrollo Endógeno
trabajo desde adentro

Núcleo de Desarrollo Endógeno

A través de los núcleos endógenos se les confiere poder a las comunidades organizadas para que desarrollen las potencialidades agrícolas, industriales y turísticas de sus regiones, atendiendo a las características propias de cada área.

Con los núcleos endógenos se pretende construir redes productivas donde todos participen en igualdad de condiciones y tengan derechos a acceder fácilmente a la tecnología y el conocimiento, esto implica una transformación de cada individuo a los fines de transformar la sociedad.

Fondafa (s.f.) define a los núcleos endógenos como: Una forma de llevar adelante la transformación social, cultural y económica de nuestra sociedad, basada en la reconquista de las tradiciones, el respeto al medio ambiente y las relaciones equitativas de producción, que nos permita convertir nuestros recursos naturales en productos que podamos consumir, distribuir y exportar al mundo entero.




viernes, 11 de abril de 2008

Principio Antilatifundista y Desarrollo Endógeno

En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela está consagrado el Principio Antilatifundista como sistema contrario al interés social y a la paz en el campo.
Al efecto, el artículo 307 constitucional dispone:
"El régimen latifundista es contrario al interés social. La ley dispondrá lo conducente en materia tributaria para gravar las tierras ociosas y establecerá las medidas necesarias para su transformación en unidades económicas productivas, rescatando igualmente las tierras de vocación agrícola. Los campesinos o campesinas y demás productores o productoras agropecuarios tienen derecho a la propiedad de la tierra, en los casos y formas especificados por la ley respectiva. El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y particulares de propiedad para garantizar la producción agrícola. El Estado velará por la ordenación sustentable de las tierras de vocación agrícola para asegurar su potencial agroalimentario.
Excepcionalmente se crearán contribuciones parafiscales con el fin de facilitar fondos para financiamiento, investigación, asistencia técnica, transferencia tecnológica y otras actividades que promuevan la productividad y la competitividad del sector agrícola. La ley regulará lo conducente a esta materia".

Se puede afirmar que en atención a los principios socioeconómicos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (ob.cit.), se orientan las nuevas bases del Derecho Agrario Venezolano, en razón de la configuración del Estado Venezolano como un Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia y se persigue reorganizar la tenencia y uso de las tierras ociosas, con vocación agrícola para erradicar el latifundio, incorporando al campesino y al pequeño productor a un sistema de producción y comercialización, permitiendo avances en la seguridad y soberanía alimentaria revirtiendo progresivamente el problema de la propiedad y la falta de productividad del campo.
Dentro de este marco, el desarrollo endógeno, permite ampliar las oportunidades de las personas para hacer que el crecimiento del país sea más democrático y participativo, evidenciándose en el acceso al ingreso y al empleo, a la educación y a la salud, en un entorno limpio y seguro. Es fundamental la participación activa de la ciudadanía en las decisiones comunitarias, lo que permitirá el disfrute de la libertad humana, económica y política.

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